Los delitos de explotación laboral: bases para una interpretación sistemática de sus diversas tipificaciones en el Código Penal Peruano

Julio Rodríguez, Yván Vivanco

Producción científica: Capítulo del libro/informe/acta de congresoContribución a la conferenciarevisión exhaustiva

Resumen

El término explotación laboral no se encuentra definido por el ordenamiento jurídico penal. En otros países, la doctrina penal mayoritaria ha evidenciado su preocupación por su carácter polisémico y por el hecho de que es una categoría extraña en la tradición del derecho internacional de los derechos humanos frente a las formas contemporáneas de esclavitud. En nuestro ordenamiento jurídico, esta categoría es referida en el delito de trata de personas —artículo 129-A del Código Penal—, y la jurisprudencia penal la ha vinculado, en la práctica, con el trabajo forzoso, con la servidumbre y con la esclavitud. Sin embargo, existen múltiples preguntas que aún no tienen una respuesta sólida: ¿debe incluir la categoría explotación laboral la acción de colocar o mantener a un trabajador en una situación por debajo del umbral de las garantías laborales?, ¿cómo se diferencian entre sí las categorías que tienen una relación especie-género con la explotación laboral?, ¿qué reglas específicas se deben tomar en cuenta cuando la víctima es niña, niño o adolescente?, ¿cómo se vinculan los delitos que regulan formas de efectiva explotación laboral con el delito de trata de personas? Este artículo tiene por objetivo responder a estas preguntas desde una interpretación teleológica de nuestras normas penales y desde una mirada sistemática de nuestro ordenamiento.
Idioma originalEspañol
Título de la publicación alojadaV Congreso Jurídico Internacional sobre formas contemporáneas de esclavitud. Veinte años después del Protocolo de Palermo
EstadoPublicada - 1 ene. 2023

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