Resumen
La autonomía del organismo regulador constituye un requisito importante que busca garantizar que las decisiones que éste adopta sean técnicas e imparciales. En el caso del regulador peruano de las telecomunicaciones, estudios pasados (Ruiz y Granda (2015) y UIT (2016)) basados en la metodología introducida por Gilardi (2002) han mostrado que el estándar de autonomía formal o ‘de jure’ del OSIPTEL es relativamente alto respecto de sus pares de la región. Sin embargo, el nivel de autonomía de una agencia reguladora también puede estar relacionado con reglas informales, así como con la efectividad con la cual dichas reglas se cumplen en la práctica. El presente artículo, utilizando la metodología introducida por Maggetti (2007) y usando información secundaria, así como los resultados del estudio de OECD (2019), estima el nivel de autonomía ‘de facto’ del regulador. El principal resultado alcanzado es que los niveles de autonomía de facto de OSIPTEL estimados son inferiores comparados con los obtenidos en el caso de la autonomía formal, debido principalmente a la influencia del poder ejecutivo en las decisiones de carácter presupuestal y organizacional del regulador.
Idioma original | Español |
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Páginas (desde-hasta) | 118-141 |
Número de páginas | 24 |
Publicación | Revista de derecho administrativo |
N.º | 20 |
Estado | Publicada - 1 ene. 2021 |