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Interpretación tributaria del devengado en el impuesto a la renta
Resumen
El término «devengado» es un concepto del derecho tributario que aparece expresamente en diversas normas tributarias, y como tal debe ser interpretado jurídicamente en el régimen del Impuesto a la Renta y no dejar que se redefinan sus alcances, exclusivamente, con las definiciones contables que, en plena armonización, están cambiando vertiginosamente y con incertidumbre por el modelo que sigue a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
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Palabras clave
Impuesto a la renta--Perú Contabilidad--Normas Contabilidad--Normas internacionales
