TY - GEN
T1 - Los delitos de explotación laboral: bases para una interpretación sistemática de sus diversas tipificaciones en el Código Penal Peruano
AU - Rodríguez, Julio
AU - Vivanco, Yván
PY - 2023/1/1
Y1 - 2023/1/1
N2 - El término explotación laboral no se encuentra definido por el ordenamiento jurídico penal. En otros países, la doctrina penal mayoritaria ha evidenciado su preocupación por su carácter polisémico y por
el hecho de que es una categoría extraña en la tradición del derecho
internacional de los derechos humanos frente a las formas contemporáneas de esclavitud. En nuestro ordenamiento jurídico, esta categoría es referida en el delito de trata de personas —artículo 129-A
del Código Penal—, y la jurisprudencia penal la ha vinculado, en la
práctica, con el trabajo forzoso, con la servidumbre y con la esclavitud. Sin embargo, existen múltiples preguntas que aún no tienen
una respuesta sólida: ¿debe incluir la categoría explotación laboral la
acción de colocar o mantener a un trabajador en una situación por
debajo del umbral de las garantías laborales?, ¿cómo se diferencian
entre sí las categorías que tienen una relación especie-género con la
explotación laboral?, ¿qué reglas específicas se deben tomar en cuenta cuando la víctima es niña, niño o adolescente?, ¿cómo se vinculan
los delitos que regulan formas de efectiva explotación laboral con
el delito de trata de personas? Este artículo tiene por objetivo responder a estas preguntas desde una interpretación teleológica de
nuestras normas penales y desde una mirada sistemática de nuestro
ordenamiento.
AB - El término explotación laboral no se encuentra definido por el ordenamiento jurídico penal. En otros países, la doctrina penal mayoritaria ha evidenciado su preocupación por su carácter polisémico y por
el hecho de que es una categoría extraña en la tradición del derecho
internacional de los derechos humanos frente a las formas contemporáneas de esclavitud. En nuestro ordenamiento jurídico, esta categoría es referida en el delito de trata de personas —artículo 129-A
del Código Penal—, y la jurisprudencia penal la ha vinculado, en la
práctica, con el trabajo forzoso, con la servidumbre y con la esclavitud. Sin embargo, existen múltiples preguntas que aún no tienen
una respuesta sólida: ¿debe incluir la categoría explotación laboral la
acción de colocar o mantener a un trabajador en una situación por
debajo del umbral de las garantías laborales?, ¿cómo se diferencian
entre sí las categorías que tienen una relación especie-género con la
explotación laboral?, ¿qué reglas específicas se deben tomar en cuenta cuando la víctima es niña, niño o adolescente?, ¿cómo se vinculan
los delitos que regulan formas de efectiva explotación laboral con
el delito de trata de personas? Este artículo tiene por objetivo responder a estas preguntas desde una interpretación teleológica de
nuestras normas penales y desde una mirada sistemática de nuestro
ordenamiento.
UR - https://repositorio.pucp.edu.pe/index/bitstream/handle/123456789/187567/Rodr%c3%adguez%20y%20Montoya.pdf?sequence=1&isAllowed=y
M3 - Contribución a la conferencia
SN - 9789220382325
BT - V Congreso Jurídico Internacional sobre formas contemporáneas de esclavitud. Veinte años después del Protocolo de Palermo
ER -